Manual y Preguntas Frecuentes
¿POR QUÉ SI DESOCUPE UN INMUEBLE EN MAYO Y ME ESTÁN COBRANDO EL AGUA DE JUNIO?
Esto se debe a que el sistema implementado por el acueducto es bimestral, es decir, cada dos meses se realiza la toma de lecturas y se obtiene la diferencia entre la lectura anterior y la lectura actual resultado el cual se divide en dos para obtener el consumo de dos meses. La empresa se guía por la lectura final en la cual desocuparon.
¿CUÁNDO SE ENTREGAN EL DINERO A FAVOR EN LA RESERVA DE SERVICIOS, EL PAZ Y SALVO?
El dinero se entrega pasados seis meses después de la fecha de la desocupación y cumplidos los pagos de cada servicio público.
¿CUÁL ES EL PLAZO PARA PAGAR EL ARRIENDO?
El plazo para pagar arriendo es los primeros 5 días del mes.
¿QUÉ PASA SI ME PAGO DESPUÉS DEL PLAZO?
Se cobra una sanción moratoria que corresponde a los valores impresos en el recibo de pago que llega por correspondencia. A partir del día 1 del siguiente mes se reporta a la aseguradora y genera cobro pre jurídico. Luego del segundo mes vencido se iniciaría proceso jurídico por medio de la aseguradora.
¿CUÁNDO PUEDO IR POR EL PAZ Y SALVO?
La paz y salvos se expiden 6 meses contados a partir de la fecha de desocupación.
¿POR QUÉ ME ENCUENTRO REPORTADO A LAS CENTRALES DE RIESGO?
Al tener 60 de días de mora en la Aseguradora, esta lo reporta automáticamente a las centrales de riesgo y permanecerá castigad@ por el doble de tiempo que se demore en cancelar la totalidad de la misma.
¿DÓNDE PUEDO PAGAR EL ARRIENDO?
Los pagos se realizan en las entidades financieras que se estipulan en los recibos de pago.
¿HASTA CUÁNDO ME VAN A COBRAR SERVICIOS PÚBLICOS DESPUÉS DE ENTREGAR INMUEBLE?
De acuerdo a las últimas lecturas tomadas en el momento de la desocupación.
¿POR QUÉ NO ME AVISARON ANTES DE REPORTARME?
Se hizo la llamada respectiva y se envió carta de aviso de prejurídico donde se le indica que debe acercarse a los tres días siguientes para evitar ser reportado (estas son labores directas de la seguradora).
¿CUÁL ES EL PASO A SEGUIR DESPUÉS DE FIRMAR EL CONTRATO?
Se debe agendar la cita de entrega del inmueble y liquidamos cuanto debe cancelar.
¿QUÉ DEBO CANCELAR?
Los días de canon y de administración, si corresponde; a partir de la fecha que recibe el inmueble y los servicios de entrega. Si ya se hizo corte de mes debe cancelar además de lo anterior el canon y la administración del mes siguiente.
¿EL VALOR DE DERECHOS DE ENTREGA QUE INCLUYE?
El proceso de entrega de un inmueble incluye la confirmación de servicios públicos para que éstos estén al día, elaboración de contratos, entrega del inmueble con un funcionario nuestro que hace dos inventarios detallados del inmueble, uno de estos inventarios es escrito y el otro en video, nosotros le hacemos llegar copia de los dos inventarios, al igual que la copia del contrato.
¿QUÉ SON LOS SERVICIOS DE ENTREGA?
Son los gastos ocasionados por la elaboración de contrato, el 10% del canon.
¿EN QUÉ CONSISTE LA ENTREGA?
Se hace un inventario escrito detallado, del cual le entregamos una copia, además un video del estado del inmueble.
¿CUÁNDO ME ENTREGAN A MÍ LAS COPIAS DE LOS CONTRATOS?
Las copias de los contratos se entregan 10 días después de haber sido entregado el inmueble.
¿CUÁNTO TIEMPO DURA LA ENTREGA DEL INMUEBLE?
La entrega dura 1 hora aproximadamente.
¿PUEDO AUTORIZAR A OTRA PERSONA PARA QUE RECIBA EL INMUEBLE?
Si, mediante una autorización por escrito.
¿ES POSIBLE QUE LA FACTURA ME LLEGUE A OTRA DIRECCIÓN?
Claro, se debe hacer la solicitud por escrito y se hace cambio en el sistema.
DESPUÉS, ¿CÓMO DEBO PAGAR EL ARRIENDO?
Se debe hacer el pago los cinco primeros días de cada mes en la entidad indicada en el recibo de pago.
¿DÓNDE PUEDO HACER UNA QUEJA?
Las quejas se deben presentar por escrito, por medio de e-mail, pagina web, teléfono o personalmente. Los correos a los que se puede escribir son quejasyreclamos@tucasarh.com o info@tucasarh.com
¿EN CUÁNTO TIEMPO ME DAN RESPUESTA A LA QUEJA?
El funcionario responsable del proceso da respuesta a la situación, máximo en diez días hábiles.
¿EL MANTENIMIENTO DEL CALENTADOR LE CORRESPONDE AL PROPIETARIO?
El primer mantenimiento debe realizarlo el propietario y en adelante los mantenimientos le corresponden al arrendatario quien está dando el uso y goce del calentador.
TENGO DAÑOS DE PLOMERÍA QUE CORRESPONDEN A MANTENIMIENTOS ¿QUIÉN DEBE ASUMIR EL COSTO?
El costo lo debe asumir el arrendatario pues su desgaste se debe al uso frecuente.
¿EN QUÉ CONSISTE LA VISITA DEL INSPECTOR DE MANTENIMIENTO?
La visita se realiza con el fin de verificar los daños que hay y para determinar a quién le corresponde realizar los respectivos arreglos.
¿SU VISITA ES PARA REALIZAR DE UNA VEZ LA REPARACIÓN?
No, el inspector no realiza arreglos.
HE TOMADO UN INMUEBLE DE COMERCIO POR CESIÓN DE CONTRATO, EL INMUEBLE TIENE VARIOS DAÑOS, ¿QUIÉN LOS REPARA?
Se debe tener en cuenta que en una cesión de contrato se recibe el inmueble en las condiciones existentes de acuerdo al inventario.
HE INTENTADO COMUNICARME Y NO CONTESTAN EL TELÉFONO ¿DE QUÉ OTRA MANERA LOS PUEDO CONTACTAR?
Le pedimos disculpas, se debe al volumen de llamadas que se reciben diariamente en el departamento de mantenimiento. Puede enviarnos sus datos a mantenimiento@tucasarh.com y nosotros devolveremos la llamada.
¿EN CUÁNTO TIEMPO ME ENTREGAN PAZ Y SALVO DE SERVICIOS PÚBLICOS?
Los paz y salvos de servicios públicos se entregan seis (6) meses después a partir de la fecha de desocupación.
¿SE REALIZÓ UN PAGO DOBLE DE UN SERVICIO, QUIÉN HACE EL REINTEGRO?
Éste reintegro lo realiza la empresa del servicio público dentro de la misma facturación (no entregan efectivo).
¿POR CUÁNTO TIEMPO DEBO LLEVAR LOS RECIBOS DE SERVICIOS PÚBLICOS A LA INMOBILIARIA PARA SABER CUÁNDO ME CORRESPONDE REALIZAR LA CANCELACIÓN?
A partir de la fecha de entrega del inmueble alrededor de dos meses ya que la facturación del agua viene con dos meses de atraso.
PARA QUE ME HAGAN LA PROVISIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS, ¿QUÉ DEBO ENTREGAR EN LA OFICINA EN EL MOMENTO DE LA DESOCUPACIÓN?
Debe traer las últimas facturas originales de servicios públicos canceladas, retiros de cualquier ítem diferente a los habituales en los recibos (seguros, tarjetas crediuno, olivos, Internet, Tv, etc) y el paz y salvo de administración.
¿EN QUÉ SE BASAN PARA SACAR LA PROVISIÓN DE SERVICIOS PÚBLICOS?
Para sacar la provisión se toma fecha de la desocupación para los cargos fijos que nos hacen falta por cancelar y las lecturas tomadas por el inventarista a cada uno de los contadores para los consumos pendientes, esto en base a los últimos recibos cancelados. Al ser una provisión puede salir más o menos.
EN LA FACTURA DE ADMINISTRACIÓN SE CARGA EL CONCEPTO RETROACTIVO Y EL MES ¿A QUE CORRESPONDE Y PORQUÉ SE COBRA AL ARRENDATARIO?
Son pequeños saldos que se originan al cambiar las cuotas de administración de un año a otro y son determinados por Asambleas, se cobran a los arrendatarios o a la persona que en ese momento tiene el inmueble bajo su responsabilidad.
¿QUIÉNES DEBEN CANCELAR LAS CUOTAS EXTRAORDINARIAS DE LA ADMINISTRACIÓN?
Las cuotas extraordinarias son responsabilidad de los propietarios de acuerdo a las decisiones tomadas en las asambleas para un fin específico directamente con las áreas comunes del mismo.
ACTUALMENTE SOY ARRENDATARIO, ¿ES POSIBLE TOMAR UN INMUEBLE NUEVO CON LA MISMA DOCUMENTACIÓN DEL INMUEBLE QUE VOY A DESOCUPAR?
Con los mismos documentos no, pero si pueden ser los mismos deudores solidarios, para esto debemos actualizar nuevamente la información de los formularios y los demás documentos.
SI ME PIDEN LA DESOCUPACIÓN DEL INMUEBLE ¿PUEDO DESOCUPAR ANTES DE LA FECHA DE TERMINACIÓN DEL CONTRATO PARA TOMAR OTRO INMUEBLE CON USTEDES?
Debe pasar una carta o un correo electrónico donde solicite la posibilidad de entregar el inmueble antes de la fecha de terminación del contrato y la persona encargada de desocupaciones hablará con el propietario para saber si ellos autorizan. Con respecto al nuevo inmueble que va a tomar con nosotros se debe presentar nuevamente la documentación.
¿POR QUÉ ME COBRAN SANCIÓN SI LA FACTURA NO ME LLEGO?
Las facturas del canon llegan todos los días primero del mes, en caso de que no sea así debe acercarse a la oficina principal a reclamarla ya que esto no lo exime de la sanción.
¿POR QUÉ NO SIEMPRE PUEDO PAGAR EN EFECTIVO EN LAS OFICINAS?
Por seguridad no manejamos efectivo.
¿CON CUÁNTO TIEMPO DEBO INDICAR QUE VOY A ENTREGAR EL INMUEBLE?
Tres meses antes de la fecha del vencimiento del contrato, se debe pasar una comunicación escrita donde advierte la intención de dar por terminado el contrato.
¿ES POSIBLE QUE SE CONCEDAN PRÓRROGAS AL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO?
Sí señor(a). Debe hacer una solicitud escrita indicando el tiempo que requiere de prórroga, para que de esta forma la oficina pueda hacer la respectiva consulta con el propietario y se dé respuesta en atención a las instrucciones por él recibidas.
¿SE ME AUTORIZA CESIÓN DEL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE VIVIENDA?
Por el momento no estamos atendiendo solicitudes de cesiones en contratos de vivienda por política de la oficina.
¿CUÁL ES EL INCREMENTO DEL CANON POR EL AÑO EN CURSO?
Los incrementos son: Para vivienda, de acuerdo al IPC y para comercio el incremento se pacta en el contrato de arrendamiento.
LOS ARRENDATARIOS QUE SE ENCUENTRAN EN PROCESO DE DESOCUPACIÓN Y LOS ADMINISTRADORES SOLICITAN INFORMACIÓN POR PARTE DE LA INMOBILIARIA PARA LA SALIDA DE LOS ARRENDATARIOS.
El cliente va a recibir una comunicación del departamento de administraciones en la inmobiliaria o vía correo electrónico que confirma que los arrendatarios están en proceso de desocupación.
DEUDOR SOLIDARIO ¿CÓMO HAGO PARA SALIR DE LA OBLIGACIÓN DE DEUDOR SOLIDARIO?
Hay dos opciones, la primera es hablar con el cliente arrendatario para que presente una garantía real, otro deudor solidario, que cumpla con los requisitos solicitados por la aseguradora y poder así hacer el estudio para el cambio de deudor, o entregar el inmueble al vencimiento teniendo en cuenta las exigencias